Por: Emilio Roig de Leuchsenring
En: La Habana. Apuntes históricos
Desconócese la fecha exacta en que le fue concedida a la ciudad de La Habana por los Reyes de España, escudo de armas, ni como fuera éste en realidad, pues la primera noticia fidedigna que sobre el particular ha llegado hasta nosotros es la proposición del gobernador y capitán general don Francisco Dávila Orejón Gastón, presentada al Cabildo el 30 de enero de 1665, la que, según el acta correspondiente que se conserva en el Archivo Histórico Municipal, a nuestro cargo, era del tenor siguiente:
El señor Gobernador y Capitán General porpone que ha visto las armas de que usa esta ciudad que son tres castillos y una llave que demuestran serlo de estos Reynos de las yndias y tiene por cierto que su orijen y principio probiene de merced perticular de Su Magestad que Dios guarde y aunque a procurado su paradero no hallado la dha merced e preuilegio. En cuya Virtud usa de las dhas armas que se allan tan bien empleadas en el amor y lealtad desta República conque siempre se emplea en el Real Seruicio y lo que antendido se reduse a que con el tiempo se a perdido el dho preuilegio o merced y para que sese este ynconbeniente le parese será conbeniente suplicar a su magestad confirme las dhas armas para que use dellas como lo a hecho de tiempo ymemorial a esta parte.
Y sobre esta demanda,
auiendose tratado y conferido sobre ello los caualleros Rexidores dixeron que se ynterponga la dha suplica en la forma que se propone por su señoría y se comete a los Señores comisarios deste año la carta que sobre ello se a de escriuir la cual se trayga para Reconozer y firmar de lo qual quede copia en este libro.
No existía tampoco en los archivos reales, según parece, constancia de la disposición por la cual le fue conferido a La Habana el escudo de armas a que se refieren el gobernador Dávila Orejón y el Cabildo habanero, pues la Reina Gobernadora, en vez de remitir copia de la Real merced, se limitó a conceder a la ciudad de La Habana que pudiere usar las mismas armas que, según su Gobernador y Cabildo, constaba haber usado hasta entonces.
Esta Real Cédula, que lleva fecha 30 de noviembre de 1665, fue recibida, y de ella se dió cuenta en cabildo de 20 de mayo de 1566, y dice así:
La Reyna Gouernadora. Por quanto la ciud. de san xptoual de la Hauana en carta de Veynte y dos de mayo de este año a representado que con El trans curso del tiempo no se a podido hallar (aunque se ha buscado) El origen de la merced que le está hecha de Tener Por armas tres castillos y Vna Llaue En campo acul señal de su forta leza y del Valor con que sus naturales y Vecinos La de fendieron como La de fenderían en las ocasiones que se ofrecieren y para honor y lustre de la dha ciud. en Los siglos venideros suplican a que en premio de su lealtad se le confirmase la dha merced pues El des cuydo que hauía hauido enperder los papeles de su origen no deuía de de fraudalla del honor que hauia merexido y auiendose Visto por los del consejo de las yndias teniendo considerason. a los seruicios dela ciudad de la Hauana y a la finesa conque los acontinuado he tenido por bien haserle (como Por lapresentte se la hago) de que aquí en adelante Vsse y pueda Vssar de las mismas armas que constase hauer Vsado hasta aquí en la misma forma y manera que se a referido que yo lo tengo asi por bien y mando que ninguna la ponga Ynpedimentto a Ello que así procede de mi Voluntad fha en madrid a Treynta de noviembre de mill e seis sientos y sesentta y sinco años —Yo la Reyna— Por mandato de su magd. —D. Pedro de Medrano.
Desde esa remota fecha hasta los mismos días republicanos se ha registrado la más escandalosa confusión en el uso, como representación de la ciudad de La Habana, de escudos de armas distintos unos de otros, sin que procediesen de estudios ni de razonados informes históricos, ni heráldicos, correspondiendo a La Habana, dentro de la anarquía existente en nuestro país —reflejo de la que imperó en España—, el triste privilegio de que su escudo haya sufrido, como ningún otro de población cubana, la más atrabiliaria variación de estilos, formas, colocación de los muebles (castillos y llave), empleo de corona y collar del Toisón, supresión de aquélla y éste.
Convencidos, desde que comenzamos nuestras labores en la Administración Municipal como Historiador de la Ciudad de La Habana, de la necesidad en que se hallaba este municipio de determinar en definitiva cómo debían ser las armas de la ciudad capital de la República, y considerando al doctor Ezequiel García Enseñat —por desgracia fallecido algo después— la persona entonces de más reconocida y singular autoridad en estas cuestiones histórico-heráldicas y la más capacitada para llevar a cabo ese trabajo, recabamos de él, con autorización del alcalde, doctor Antonio Beruff Mendieta, redactase dicho estudio, lo que en efecto hizo cumplidamente, sirviéndonos de base para recomendar al Alcalde la adopción, por el Ayuntamiento, de un escudo oficial del término municipal de La Habana y de las disposiciones oportunas para el uso del mismo, todo lo cual fué aprobado por el Alcalde, y sancionado por el Ayuntamiento en sesión de 11 de noviembre de 1938.
Tal como nosotros lo sugerimos, desde esa fecha el escudo oficial del Municipio de La Habana está blasonado de este modo:
Usa de azur (campo azul); tres castillos de plata alineados en faja, cada uno almenado de cuatro merlones y donjonado (torreado) de una torre de homenaje almenada de tres merlones; el todo mazonado (las líneas que marcan la separación de los sillares o el material que los une), y aclarado (puertas y demás huecos) de sable (color negro).
Debajo, una llave de oro en la misma disposición, con el anillo a diestra (a la derecha del escudo, o sea a la izquierda de quien lo mira) y el paletón hacia abajo.
Al timbre, corona mural de oro, formada por un círculo murado con cuatro puertas (sólo visibles una al centro y media en cada extremidad) y cuatro aspilleras (dos visibles); y en un cuerpo superior, separado por un cordón, ocho torres almenadas (cuatro visibles unidas por lienzos de muralla almenada).
Como ornamento exterior, dos ramos de encina al natural, una a diestra y otra a siniestra del escudo, cruzados bajo la punta y atados de azur.
Este escudo, como oficial que fue declarado del Municipio de La Habana, y símbolo representativo del Término, sólo podría ser usado, según acuerdo municipal de la fecha antes citada,
por los Departamento, Oficinas y Dependencias de la Alcaldía y Ayuntamiento, en la documentación de los mismos y en los bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal, así como también por el señor Alcalde y los Señores Concejales, funcionarios y empleados en documentos propios al ejercicio de sus funciones; en los sellos y cuños de toda índole que la Administración Municipal utilice, y en los distintivos e insignias que tengan a bien usar el señor Alcalde y los señores Concejales o que adopten para la identificación de funcionarios y empleados municipales.
y dado su carácter estrictamente oficial, este escudo no podrían usarlo, en ningún caso, «instituciones, corporaciones, sociedades, empresas industriales o comerciales, ni particulares». Se entenderá que se ha tratado cuando se empleen conjuntamente, en campo azul o de otro color, de imitar este escudo oficial de la Habana, los tres castillos y la llave que han ostentado los múltiples escudos atribuidos desde los tiempos coloniales a esta ciudad, a no ser que se tratare, como única excepción, del escudo que desde hace más de cien años utiliza en sus documentos la Sociedad Económica de Amigos del País, de La Habana, institución oficial que fue de Cuba, que ha realizado ininterrumpidamente obra educativa, cultural y de progreso para nuestro país.