Planes de estudio de la Universidad de La Habana en 1863 y 1880

Por: Luis F. Leroy Gálvez
En: Universidad de La Habana. Síntesis histórica

1863

Por Real Decreto de 15 de julio de 1863 se estableció un nuevo Plan de Estudios en la Isla. Según él quedaron segregadas de la Universidad todas las enseñanzas que no correspondían a los estudios de Facultad, creándose para impartirlas varios Institutos de Segunda Enseñanza y otros establecimientos, todos independientes de la Universidad.

Conforme a esta ley y a las disposiciones que con fecha 28 de septiembre del propio año de 1863 dictó el Superior Gobierno Civil con objeto de organizar los estudios de acuerdo con el nuevo Plan de Estudios, declaróse suprimida la antigua Facultad de Filosofía de 1842, instalándose en su lugar las enseñanzas pertenecientes a las recién creadas Facultad de Filosofía y Letras y Facultad de Ciencias, cuyas enseñanzas, que sólo se establecían hasta el grado de Bachiller, se exigían como preliminares para el ingreso de los alumnos en los estudios de Facultad, o sea, para los llamados grados mayores. En tal virtud se crearon en lo relativo a la sección de Filosofía y Letras dos cátedras, una de Historia Universal y Geografía, y otra de Literatura Latina: en la sección de Ciencias se crearon tres, una de ampliación de la Física Experimental, otra de Química General y otra de Historia Natural. A este período se le denominó de Ampliación de Estudios (de los de Segunda Enseñanza) y todo lo relacionado con él se dispuso en el Decreto del Gobernador Superior Civil de fecha 28 de septiembre de 1863 al que ya se ha hecho referencia.

El Real Decreto que contiene el susodicho Plan de Instrucción Pública de la Isla de Cuba, de fecha 15 de julio de 1863, abarca la enseñanza primaria, la enseñanza secundaria, y las de facultades y enseñanza superior y profesional. En lo que a estudios de Facultades se refiere, este Real Decreto establece que en la Real Universidad de la Habana habrá seis Facultades, a saber, 1o Filosofía y Letras, 2o Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, 3o Farmacia, 4o Medicina. 5o Derecho, 6o Teología, correspondiendo los estudios de esta última Facultad, al Real Colegio Seminario de San Carlos. A partir ele la fecha señalada el Instituto de Segunda Enseñanza quedó instalado en el mismo edificio de la universidad, en el antiguo convento ele Santo Domingo, hacia la calle del Obispo en esta capital.

1880

Por Real Orden de 7 de diciembre de 1880 quedó establecido un nuevo Plan de Estudios para la Isla de Cuba que incluía el Reglamento de la Universidad de la Habana y el de los establecimientos de Segunda Enseñanza, así como el Reglamento para el ingreso en el profesorado público y para las traslaciones, ascensos y jubilaciones de los catedráticos de la Universidad de la Habana, y de las Escuelas Superiores Profesionales e Institutos de Segunda Enseñanza. Según este Plan de Estudios de 1880, en lo que respecta a la Facultad de Filosofía y Letras y a la Facultad de Ciencias, el título máximo a que se podía aspirar en la Real y Literaria Universidad de la Habana era el de Licenciado nada más. Esta limitación quedó abolida por dos Reales Ordenes de fecha 23 de agosto de 1883; la primera ampliaba hasta el grado de Doctor inclusive, los estudios en la Facultad de Filosofía y Letras, en la de Ciencias y en la de Derecho, sección de administrativo; y la segunda, de igual fecha, por la que se disponía la provisión de las nuevas cátedras destinadas a impartir la enseñanza de las asignaturas propias del Doctorado a que se hace alusión en la primera de las dos Reales Ordenes. En ese mismo año de 1883 se creó el llamado Distrito Universitario, que comprendía las seis provincias de la Isla, siendo el Rector el Jefe de todos los establecimientos de enseñanza que existían.

En 24 de marzo de 1883 se promulgó una Ley votada por las Cortes Españolas y sancionada por el Rey en la que se ordenaba la construcción de un edificio destinado a Universidad y a Instituto de Segunda Enseñanza. La referida Ley fue publicada en la Gaceta de la Habana de 5 de mayo de dicho año y se inició desde esa fecha el expediente para el cumplimiento de lo que por ella se dispuso, llegándose a colocar la primera piedra del edificio universitario, con autorización e intervención de las autoridades, el 23 de enero de 1884, en dos manzanas procedentes del derribo de las antiguas murallas —en el lugar que hoy ocupa en esta capital la Avenida de las Misiones— cuyas manzanas fueron las designadas para el emplazamiento de dicha obra conforme al plano oficial que se levantó por el ramo de Obras Públicas, al cual se le encomendó la formación del proyecto correspondiente, quedando paralizado el expediente en ese trámite.

En 2 de noviembre de 1889, por Real Decreto, quedó reformada la organización del Profesorado de las Facultades en la Universidad de la Habana, y por Real Orden de fecha 6 del propio mes y año se aprobó la distribución de las clases en la Universidad. Por Real Orden de 17 de enero de 1890 se redujo el número de categorías de catedráticos de entrada, de ascenso y de término, y dos años después, por Real Decreto de 19 de enero de 1892, suprimióse el Doctorado en todas las Facultades de la Universidad de la Habana. Este fue el Real Decreto conocido como Decreto de Romero Robledo, Ministro que era de Ultramar durante la regencia de la Reina María Cristina. Este Real Decreto quedó complementado por otro de fecha 3 de septiembre del propio año, en que se suprimían las cátedras correspondientes al grado del Doctorado en la Universidad y se determinaba la situación de los profesores que desempeñaban dichas cátedras, aunque se restablecía dicho período de enseñanza.

En 20 de octubre de 1893 fue firmado el Real Decreto dictando reglas para formar el escalafón de catedráticos numerarios de la Universidad de la Habana, el cual quedó complementado por la Real Orden de fecha 25 del mismo mes en la que se determinaba la forma de conceder a los catedráticos numerarios de la Universidad, las categorías de ascenso y término, habiendo sido la última disposición en este sentido la Real Orden de 29 de enero de 1895 en la que se dictaban reglas para la formación del escalafón definitivo de los catedráticos numerarios de la Universidad.

 

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