El accidentado gobierno del “magnífico señor” Don Gonzalo Pérez de Angulo

Por: Cristóbal de La Habana
En: Social (julio 1931)

En Recuerdos publicados el pasado año en los números de marzo y abril de esta revista, examinamos las primeras actas del Cabildo habanero que se conservan en los Archivos Municipales, desde 30 de julio de 1550, pues, como hemos dicho muchas veces, las anteriores fueron destruidas cuando el incendio de La Habana por el corsario francés Jacques de Sores en 1555. En esos Recuerdos examinamos algunas de las disposiciones que por el Cabildo se tomaron durante ese año de 1550 y los de 1551 y 1552.

Gobernaba entonces la Isla el doctor Gonzalo Pérez de Angulo, mencionado siempre en las actas capitulares como “muy magnífico señor Gobernador y Justicia Mayor de esta Isla”. Nombrado en 1548, llegó a Santiago de Cuba el 4 de noviembre de 1549 y a La Habana el 12 de agosto de 1550.

Durante el período de su mando sostuvo enconadas luchas con algunos de los miembros del Cabildo, y vio también asaltada y tomada La Habana por Jacques de Sores, todo lo cual ha sido causa de que su nombre llegara hasta nosotros envuelto en las acusaciones de sus enemigos como arbitrario, déspota y cobarde.

Sin embargo, a él se deben entre otras saludables medidas de gobierno: la libertad de los indios, su iniciativa para el fomento de los ingenios de azúcar y para traer a La Habana el agua de la Chorrera, la regulación de los precios de la carne y el pescado, la implantación de un arancel para la carga y descarga de los barcos a fin de que la villa tuviera rentas propias para atender a sus necesidades, la prohibición de talar los bosques y las medidas para la fortificación, vigilancia y seguridad con motivo de la guerra con Francia.

Sobre estas últimas medidas, encontramos en el cabildo de 30 de marzo de 1552 la constancia de que el señor Gobernador “trató e platicó con los dichos señores Alcaldes y Regidores cerca de la prevención y buen aparejo que es menester tener cerca de la buena guarda desta villa y fortaleza“, transcribiéndose en el acta las órdenes detalladas de Pérez de Angulo tendientes a esos fines, estableciendo guardas permanentes en el Morro para que avisen la presencia de navíos, recorridos a caballo por la noche en la villa, obligación de portar armas todos los vecinos y de acudir a la señal de navío a la vista, prohibición de salir de la villa sin licencia del Gobernador y otras más análogas.

Durante la ausencia de Angulo en Santo Domingo, en 1553, el cabildo se preocupó también de la fortificación de la Villa y en la reunión de 8 de Marzo de ese año se acordó hacer un repartimiento entre los vecinos para la terminación del baluarte en la playa, que requería “alzarle el pretil de delante para que la artillería que en él está (4 piezas), pueda aprovechar“, contribuyendo cada vecino con sus negros y “herramientas, bateas, azadones e machetes” y los que no tienen negros con dinero, a razón de un real diario, encargándose a Juan Díaz “que dé la forma cómo se ha de hacer la obra e ande sobre la dicha obra“. Se acordó también en dicho cabildo, que una vez terminado el baluarte toda la gente de a pie “no señalada para ir a la fortaleza cuando se tirase tiro“, a la señal de navío, “vaya e acuda con sus armas al dicho baluarte para que estén en guarda de la artillería“, designándose capitán de esta gente al vecino Juan de Inestrosa. Se dispuso también la confección por Juan Gutiérrez e Juan de Lobera, de una memoria de extranjeros y españoles sin oficio y vagabundos. En los cabildos de 15 y 22 de abril se tomaron medidas sobre la mejor defensa del Morro, adquiriéndose dos pasamuros y un quintal de pólvora y construyéndose una casilla de tejas.

Ya en La Habana Pérez de Angulo desde enero de 1554, el 19 de ese mes presentó al cabildo y éste aprobó otras medidas de vigilancia, leyendo en el cabildo de 18 de mayo una cédula de su Majestad sobre !a guarda de los puertos y pueblos de la Isla, ordenando se cumpliera. En el cabildo de 22 de junio se acordó “suplicar a su magestad que la fortaleza desta villa se haga con toda brevedad“.

Constan en las actas capitulares las disposiciones de Angulo prohibiendo montear “en dos leguas a la redonda donde estoviesen los sitios de los corrales de vacas e puercos” (cab. 30 septiembre 1552); prohibición de tener caballos sueltos (Enero 19, 1554); prohibición de que los negros y negras tengan “bujío propio donde more sino fuere dentro de las casas de su amo“, ni comprar ni vender, sino lo que sus amos le mandaren, so pena de cien azotes, a fin de evitar los delitos que cometen los negros al reunirse entre sí o con españoles muchos juntos (Enero 28, 1554); sobre aprovisionamiento de vituallas para cuando arribe al puerto la armada “que está en el nombre de Dios de que es general Cosme Tarfán“, principalmente la provisión de carne y pan, ordenándose el oportuno repartimiento entre los vecinos (Junio 8 y Julio 14, 1554); prohibición de vender a ojo la carne de puerco, y obligación de pesarla (Julio 5, 1555).

En el cabildo de 17 de octubre de 1552, nombró el cabildo al Alcalde y Regidor Juan de Lobera, por ausencia del Procurador Alonso de Rojas, para que protestase en nombre de los vecinos y moradores de la villa ante S. M. contra la libertad de los indios que eran tenidos por esclavos, proclamada por el Gobernador el día antes.

Esta medida de Pérez de Angulo, unida a otros resentimientos anteriores que contra él tenían los miembros del Cabildo y otros vecinos, motivó una reunión del cabildo el 5 de noviembre en la Cárcel, sin el Gobernador, y con la asistencia de Francisco López, enviado a Santo Domingo por los Justicia y Regidores de La Habana para que presentase ante el Presidente y Oidores de aquella Audiencia juicio de residencia contra el Gobernador Angulo por los “agravios y diversos modos y maneras que había hecho y hacia a los vecinos desta villa“. Francisco López dio cuenta de sus gestiones y de haberle entregado los señores de la Audiencia seis provisiones reales en favor de la villa de La Habana por las que se ordenaba a Angulo “salga de La Habana y se valla a Santiago de Cuba, no se sirva de indios libres, no haga contrataciones ni tenga compañías en negocios, no impida a los señores Justicia y Regidores tener sus reuniones libremente y no consintiese salir de Cuba a su alguacil Calixto Calderón“.

Pérez de Angulo entró inesperadamente en el cabildo cuando se estaban discutiendo estos asuntos, ordenando a los capitulares so pena de pérdida de vidas y bienes el reunirse en casa del Gobernador, como de costumbre. Los capitulares le contestaron enérgicamente, haciendo valer su derecho a reunirse libremente y echándole en cara las acusaciones que contra él existían y cómo éstas estaban en trámite de juicio y resolución, requiriéndolo para que los dejase acabar dicho cabildo. Angulo contestó accediendo a ello, pero reiterándoles la orden dada, para lo sucesivo, aclarándoles que la recusación que tienen hecha contra él procede de malicia, y que espera que S. M. resuelva. Los capitulares insistieron en sus acusaciones y Angulo en sus amenazas, terminándose así el cabildo.

Ya en el siguiente (2 de diciembre), no aparece presidiendo el Gobernador, pues se ausentó de la Isla y ausente estuvo durante todo el año 1553.

De Santo Domingo regresó triunfante. Presidió el cabildo de 1o de enero de 1554, en el que se celebraron, como de costumbre, elecciones por los vecinos para Alcaide y Regidores. Electos Juan de Rojas y Juan de Inestrosa, enemigos de Angulo, renunciaron a sus cargos de Regidor y Alcalde, pero el Gobernador no se lo permitió, imponiéndoles una multa y enviándolos presos a sus casas y que “della no salga en sus pies ni en ágenos”. Juán de Rojas se sometió e Inestrosa también, al siguiente cabildo de 5 de enero.

Resueltas ya, a su favor, las acusaciones que contra Angulo habían acumulado sus enemigos, pudo seguir éste desenvolviendo provechosas medidas de gobierno, tendientes a la defensa de la población, limpieza de la plaza y calles, obras públicas, venta de pescado sólo en las carnicerías, terminación de la obra de la iglesia, reunión de los indios en un pueblo para que no anden “derramados y vagabundos” y mejor enseñarles la doctrina cristiana.

E3 10 de julio de 1555 tomó La Habana Jacques de Sores, y en ella permaneció hasta el 5 de agosto, según ya vimos detalladamente en los Recuerdos publicados en el número de julio de 1929 de esta revista.

En 12 de diciembre de 1555 se reunió el cabildo habanero en el pueblo de indios de Guanabacoa, con el Gobernador. Se acordó enviar con tres navíos que han de salir de Matanzas para Castilla, informe sobre la destrucción, por los franceses, de La Habana, demandando socorros y remedios para fortificar el pueblo y la fortaleza, comisionando a Juan de Inestrosa para redactar ese informe.

Las elecciones de 1o de enero de 1556 se celebraron en La Habana.

En el cabildo de 8 de marzo hizo entrega Gonzalo Pérez de Angulo al nuevo Gobernador Diego de Mazariegos, que traía, además, provisión de tomar residencia a su antecesor y a sus tenientes y oficiales, por cuarenta días, no pudiendo durante ellos abandonar La Habana.

No se conoce exactamente si Angulo murió en La Habana o pudo embarcar para España, pues si en el cabildo del 25 de septiembre de 1556 se acordó “que por la sepultura que se le dio en el coro no se pida ni pague cosa alguna a sus herederos” y “se le haga gracia della“, no aparece aclarado si ya para esa fecha había fallecido Angulo ni si estaba allí sepultado, quedando sin esclarecerse el lugar de su muerte.

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